Desde la STJUE de 2014 referente a Google, han existido numerosos pronunciamientos de la AEPD respecto al buscador, como los siguientes:
- En el año 2015, logramos la primera resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se obligaba a Google retirar datos en Google.com. El buscador argumentaba que solo retiraría informaciones en Google.es.
- En 2015, la AEPD delimitó el derecho al olvido al ámbito de la Unión Europea.
- En el año 2016, logramos la primera resolución en España que obliga a Google a eliminar avisos de censura en su índole de resultados. Al buscar un nombre, Google indicaba que había eliminado algunos resultados de búsqueda, y la AEPD le ordenó eliminar esa frase.
- En 2016 también logramos la primera sanción en España a Google Inc. en materia de derecho al olvido. La AEPD sancionó a Google con 150.000 € por contactar con las web censuradas informándoles de que se había llevado a cabo un bloqueo. A juicio de la AEPD, la comunicación de Google revelaba quienes eran los beneficiados por la censura.
- En 2017, la AEPD inadmitió una solicitud de derecho al olvido para la búsqueda realizada en España, por medio de desgeolocalizadores de búsqueda.
- En 2019, la AEPD reiteró que el derecho al olvido se aplicaba respecto a búsquedas de nombres y apellidos.