Nada menos que en el año 2008, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acusó a la Xunta de Galicia de haber incumplido la LOPD de forma muy grave. Concretamente se le acusaba a la Xunta de posibilitar que, al utilizar el buscador Google, se pudiese acceder a una lista de 659 ayudas a personas con discapacidad publicadas originariamente en la Web www.xunta.es.
La Xunta mostró su disconformidad, y alegó que la responsabilidad de que los datos se captasen por el buscador no era de la Administración Gallega. De hecho, durante el procedimiento se consiguió probar que en la Web de la Xunta no era posible acceder a la lista anunciada, salvo que se utilizase como clave el DNI y el año de consulta.
La Xunta, que pretendía probar que no tenía ninguna responsabilidad en la captación de datos por el buscador, solicitó a la AEPD que pidiese un informe a Google que aclarase las razones de la indexación de los datos “blindados”. Sin embargo, la AEPD se negó a pedir el informe, y con fecha 20 de abril de 2009 la AEPD declaró que la Xunta había infringido el deber de secreto de la LOPD, de forma muy grave.
El caso tuvo una repercusión algo sensacionalista e irreal. Algún "abogado" dio por bueno que la infracción se hubiese podido sancionar con 600.000 €, tal como recogieron numerosos medios y la propia AEPD se encargó de publicitar la Resolución en su Informe anual del año 2010.
Ahora el asunto ha dado un giro repentino. Una reciente Sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 15 de junio de 2012, ha declarado que la Xunta no tenía ningún tipo de responsabilidad por la accesibilidad de los datos desde Google, y que la AEPD debiera de haber investigado al buscador.
De forma muy significativa explica la Audiencia Nacional: “Esta Sala no alcanza a comprender por qué la AEPD se ha dirigido directamente (y únicamente) frente a la Xunta de Galicia y no frente al motor de búsqueda, teniendo en cuenta que los datos personales revelados y/o descubiertos solo eran visibles accediendo a través del buscador, pero no accediendo (directamente) a través de la pagina web de la Xunta y, de otra parte, tampoco ha sido posible averiguar por qué se produjo dicha publicación de datos personales accediendo a la correspondiente página de enlace a través del buscador, pero no accediendo directamente a través del responsable del tratamiento que los "colgaba" en Internet”
Desde Salirdeinternet.com coincidimos con la Audiencia Nacional y señalamos que debiera de haberse investigado la razón técnica por la cual unos datos (que presumiblemente estaban blindados), aparecían en Google. Si se investigase podría aclararse si la Xunta era responsable (o Google), incluso por tratamiento de datos sin consentimiento.